
🏠 NOM-037 Teletrabajo: Lo que las Empresas Deben Cumplir para Evitar Sanciones 📋
La modalidad de teletrabajo ha ganado relevancia en México, especialmente en estados como Guanajuato. Para regular esta práctica, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) implementó la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, que establece las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo. Con su entrada en vigor el 5 de diciembre de 2023, es crucial que las empresas comprendan y cumplan con sus disposiciones para evitar sanciones.
¿Qué es la NOM-037-STPS-2023? 🛡️
La NOM-037-STPS-2023 tiene como objetivo regular las condiciones de seguridad y salud para los trabajadores que desempeñan más del 40% de su jornada laboral en una ubicación distinta al centro de trabajo oficial. Esta norma busca garantizar que el teletrabajo se realice en entornos seguros y adecuados, protegiendo tanto a empleados como a empleadores.
Obligaciones para las Empresas 🏢
Para cumplir con la NOM-037, las empresas deben:
- Elaborar una Política de Teletrabajo 📑: Definir y difundir una política que establezca mecanismos de comunicación, horarios laborales, medidas de seguridad y responsabilidades tanto del empleador como del empleado.
- Proporcionar Herramientas y Equipamiento 💻: Suministrar los recursos necesarios para que el trabajador realice sus actividades de manera eficiente y segura, incluyendo equipo de cómputo, mobiliario ergonómico y, en algunos casos, apoyo para servicios de internet y electricidad.
- Verificar Condiciones de Seguridad y Salud 🛠️: Asegurar que el lugar donde se realiza el teletrabajo cumple con las condiciones adecuadas de seguridad e higiene. Esto puede implicar visitas al domicilio del trabajador (con su consentimiento) o la implementación de autoevaluaciones respaldadas por evidencia documental.
- Respetar la Desconexión Digital ⏰: Garantizar que los empleados puedan desconectarse al concluir su jornada laboral, evitando comunicaciones o requerimientos fuera del horario establecido.
- Capacitar a los Trabajadores 🎓: Ofrecer formación sobre los riesgos asociados al teletrabajo, incluyendo aspectos ergonómicos y psicosociales, así como medidas de seguridad de la información.
Sanciones por Incumplimiento 🚫
No cumplir con las disposiciones de la NOM-037 puede derivar en sanciones por parte de la STPS. Las multas oscilan entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale aproximadamente a $25,935.00 y $518,700.00 pesos mexicanos, según el valor de la UMA en 2023.
Recomendaciones para las Empresas en Guanajuato 🌐
- Evaluar y Actualizar Políticas Internas: Revisar las políticas actuales y adaptarlas para cumplir con los lineamientos de la NOM-037.
- Implementar Programas de Capacitación: Desarrollar sesiones formativas que aborden los aspectos clave del teletrabajo seguro y saludable.
- Establecer Canales de Comunicación Efectivos: Asegurar una comunicación fluida entre teletrabajadores y la empresa, respetando los horarios laborales.
- Documentar Procesos y Evidencias: Mantener registros detallados de las acciones implementadas para cumplir con la norma, lo cual es esencial en caso de auditorías o inspecciones.
Cumplir con la NOM-037-STPS-2023 no solo evita sanciones, sino que también promueve un entorno de trabajo más seguro y eficiente para todos los involucrados en la modalidad de teletrabajo.
Fuentes Consultadas 📚
- Diario Oficial de la Federación: “Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo”
- American Chamber of Commerce Mexico: “La clave del home office: NOM 037”
- El Economista: “Entra en vigor la NOM de Teletrabajo: ¿Cuáles son las nuevas reglas del juego?”
- Littler: “México publica Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 (Teletrabajo)”
- IDC Online: “¡En vigor NOM de teletrabajo!”
Nota: Este artículo fue desarrollado con el apoyo de herramientas tecnológicas avanzadas y revisado por el Departamento de Comunicación de CANACINTRA León, destacando la colaboración entre innovación tecnológica y experiencia humana.
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